domingo, 26 de diciembre de 2021

IMPUESTO NEGATIVO DE LA RENTA

 

IMPUESTO NEGATIVO DE LA RENTA


En mi ensayo “A propósito del SMI” indicaba que trabajo había, que quedaban muchas cosas por hacer y que si no se hacían venía motivado porque el cumplimiento de la normativa laboral lo impedía.

Si se permitiera que las compañías no tuviesen topes mínimos de pago por salarios podrían contratar hasta cubrir toda la oferta de trabajo. Este empleo contratado con salarios por debajo del SMI podría ser compensado al trabajador por vía de un impuesto negativo de la renta (INeR) que sustituiría al IRPF y que permitiría llegar al SMI mediante la materialización de una deducción universal reembolsable en la cuota tributaria y no en la base1.

El IneR va exclusivamente destinado a los contribuyentes y no a todos los ciudadanos, impidiendo que esta ayuda complementaria del salario se convierta en un medio de vida para los parásitos dado de lo que se persigue es que el trabajo se conmute en empleo. Con ello conseguimos:

1-eliminar la carga del SMI para las empresas al trasladarla al Estado.

2-eliminar a los parásitos que estando en condiciones de trabajar no lo hacen, en cuanto tienen la opción de vivir de ayudas públicas. La población activa se iguala a la población ocupada y se obtiene el pleno empleo. De esta manera se eliminarían las ayudas o prestaciones sociales de tipo monetario como rentas mínimas garantizadas, salarios de inserción, subsidios por desempleo no contributivos, ayudas al suministro eléctrico……, quedando solo las prestaciones sociales en especie (educación,sanidad,servicios sociales).

3- la simplificación administrativa se extendería al pasar de un sistema múltiple de protección social a uno unitario integrando el sistema de protección social de ayudas monetarias con parte del sistema tributario y con ello conseguiríamos reducir el tamaño e intervencionismo del Estado.

La financiación del impuesto procedería:

1- eliminación de los beneficios fiscales del IRPF (reducciones por rendimientos de trabajo, deducciones autonómicas, reducciones por actividades económicas, ayudas por alquiler de viviendas, por maternidad…..)

2- la eliminación de los gastos burocráticos de las ayudas públicas que generará simplificación administrativa y la consiguiente reducción de costes administrativos, ya que elimina la obligatoriedad de establecer sistemas de control y verificación de los requisitos solicitados en cada prestación.

3- la eliminación de las dotaciones presupuestarias de la ayudas públicas monetarias sustituidas.

Equidad vertical

La viabilidad del INeR está en la fijación o determinación del tipo impositivo constante que sería único para individuales con coeficientes de ponderación por número de miembros de la unidad familiar.

La progresividad del impuesto no se perdería dado que el tipo medio aumenta al aumentar la renta y así no se pierde la equidad vertical.

Equidad horizontal

Este tipo impositivo en el INeR tendría que ser el mismo que el fijado en el IS al objeto de llegar a la equidad horizontal por la que mismos volúmenes de rentas obtenidos con diferentes fuentes de obtención tributen la misma cantidad a pagar independientemente de que sean personas físicas o jurídicas u otras entidades e independientes de su naturaleza (rentas de trabajo,rentas de capital,actividad económicas..).

Tránsito

El mantenimiento de rentas de las personas mas desfavorecidas mientras no fuesen absorbidos por la demanda de trabajo se materializaría por vía de los Bancos de Tiempo donde trabajarían sin remuneración para acceder como contribuyente al IneR y que incentivaría su incorporación como ofertante de trabajo.


1-Indicar que el SMI solo es válido para actividades no sujetas a competencia externa (camarero que sirve café con leche a un turista u otro cliente, no va a venir a servirlo un camarero egipcio) pero destruye empleo para actividades sujeta a competencia exterior. Por otra parte los submercados de trabajo están conectados y por tanto tienen consecuencias.



sábado, 18 de diciembre de 2021

MODELO DE ESTATUTOS DE PARTIDO POLÍTICO. APUNTES PARA ESTATUTOS 1 Parte

 

MODELO DE ESTATUTOS DE PARTIDO POLÍTICO.

APUNTES PARA ESTATUTOS

FINES/OBJETIVO

1-funcionamiento democrático con modo de comunicación interna de abajo a arriba del partido

2-Conciliar y casar la democracia interna del partido con la autonomía organizativa y funcional de la cúpula dentro del partido.

Art. 2.3.5. A expresar libremente sus opiniones en el ámbito interno del Partido

Las corrientes de opinión organizadas y la libertad de expresión de los militantes discurrirán por los cauces internos oportunos y relativos a materias de política (estrategias, tácticas, dirección política…….) que no rompen la unidad e identidad del partido.

La cúpula en el ejercicio de sus funciones toma decisiones que si son la ejecución de la voluntad de la asamblea se acatan disciplinadamente, pero si son decisiones que no están respaldadas por un debate interno de la militancia, legitima que está, (la militancia) ni la apoye antes ni después o lo haga, según su libre albedrío

No así las relativas a materia ideológica y conducta e ética, así como normativa interna, que si rompen la unidad e identidad del partido.

3-el partido como instrumento y canal de difusión y conseguimiento de demandas sociales: democracia participativa y no participada o pisada.

Constitución Española.

- Artículo 6: “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la

formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para

la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del

respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser

democráticos.”.

- Artículo 23: “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos,

directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones

periódicas por sufragio universal.”

El objeto de es establecer un mecanismo concreto para que cualquier persona o grupo de personas, estando o no en la agrupación, pueda lanzar propuestas y que éstas se concreten en una iniciativa política si son apoyadas por la mayoría. Se trata con ello de crear una correa de transmisión que permita el flujo a través del partido de voluntades políticas concretas. La existencia de un mecanismo de democracia directa como éste, marca la diferencia entre la democracia participada y la democracia participativa. Es una nueva forma de hacer política, que ejecuta la apuesta de que el poder lo tenga la ciudadanía, que somos el partido de la ciudadanía. Porque si tenemos el poder para cambiar cosas, tendremos ganas para hacer cosas.

Art.1.6

C’s fomentará la participación de los ciudadanos en general en la vida política de las instituciones. En este sentido, establecerá medios de comunicación abiertos

permanentemente a fin de trasladarlas necesidades de la ciudadanía a las mismas, bien sea personal o telemáticamente.



IDEOLOGÍA

Los principios engarzados a los valores y las ideas constituyen el marco ideológico, que se conforma como plataforma que permite dar satisfacción a todas las cuestiones políticas que se presenten. Nuestras posiciones políticas tienen que estar de acuerdo con nuestra ideología (principios +valores +ideas). La definición de dicho marco ideológico y su concreción es lo que permite interpretar y aplicar nuestro derecho interno. Pero hay más: es lo que permite crear nuestro derecho interno y por ende nuestros estatutos.

Detallo enumeración de enunciados que nos permitan crear un mapa mental o conjunto de elementos de la estructura ideológica: Aplicación interna de lo que promovemos para la regeneración del país: COHERENCIA con ejemplaridad, DEMOCRACIA INTERNA, REGENERACIÓN, REESTRUCTURACIÓN (racionalización y reformas), DEMOCRACIA PARTICIPATIVA, TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN ABIERTA, RENDICIÓN DE CUENTAS Y FISCALIZACIÓN SOCIAL, ESTADO DE DERECHO Y CONTROL DE LEGALIDAD, DIVISIÓN DE PODERES, IGUALDAD DE PARTIDA CON EXCELENCIA COMO META (igualitarismo/excelencia)

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

-clases: distinguiremos las siguientes clases de órganos:

1-directos

2-representativos

3-ejecutivos

4-supervisores

5-consultivos

-principio de funcionamiento

Separación de poderes dentro del partido: CG, CE y CdG, como modo de funcionamiento de dicha estructura

1-directos

1-1 La AG (Asamblea General) no solo como máximo órgano de gobierno, sino también como máximo órgano de representación (representación directa). Cuando hay democracia directa, no hay sufragio pasivo ni activo y tampoco hay poder legislativo ni ejecutivo al estar fundidos. Esta separación de `poderes solo es necesaria para la democracia representativa. Ello me lleva a situar a la AG en el epígrafe legislativo.

1-2 Agrupación.

Estructura orgánica: agrupación: constitución

La agrupación es un órgano de auto representación (democracia directa) y de gobierno en el ámbito local vía junta directiva.

-ámbito territorial

Necesidad que las agrupaciones locales tengan como ámbito territorial como mínimo el mismo ámbito territorial que el municipio. La agrupación local tendrá como demarcación territorial orgánica la demarcación territorial electoral o sea el municipio. Este cuando sea necesario por tamaño se fraccionara en subagrupaciones y grupos locales con extensión territorial de distrito y barrio respectivamente. Con ello se pretende no perder la unidad de destino de la política de acción local. No es operativo para trabajar el presupuesto municipal o el organigrama administrativo el tener una estructura orgánica múltiple. Un municipio una agrupación.

-composición

Preagrupación , para colectivos de afiliados d un municipio que no reúnen requisitos para ser agrupación,

Grupos locales para barrios de áreas metropolitanas o distritos de ciudades medianas

Las subagrupaciones existirán para áreas metropolitanas.

Agrupación o comité intramunicipal

Subcomités locales o comités comarcal, metropolitano, insular, intermunicipal (que será el mismo para áreas metropolitanas que la agrupación municipal)

Comité regional o autonómico o territorial, coincidirá su extensión con la de la CC.AA.

Comité de coordinación territorial o nacional

Eliminar agrupaciones que no tengan demarcación territorial como la digital o la de jóvenes, ni cualquier otra de índole sectorial. Para eso ya están los órganos consultivos: grupos de trabajo

Eliminación de los grupos de jóvenes en las agrupaciones. No queremos jóvenes burócratas de partido, queremos jóvenes que se formen y no profesionales de la política.

Art.3.5.2. Las agrupaciones serán territoriales, correspondiéndose a un ámbito geográfico determinado, salvo en el caso de las Agrupaciones de Jóvenes que serán de ámbito autonómico y de la Agrupación Digital que será de ámbito nacional.


Los afiliados de un municipio que no tengan agrupación, no podrán ser miembros de otra agrupación local, ni siquiera grupo local de una agrupación, sino se constituirán en pre agrupación dependiente del subcomité local si lo hubiere y sino del comité local. Con ello se pretende que afiliados de un municipio donde el partido no se presenta a las elecciones, voten a candidatos que se presentan por otro municipio por estar integrados en su agrupación, cuando no tienen la condición de elector por dicho municipio. Se trata de que la condición de elector orgánico y elector ciudadano coincidan. Evitar caso Sichar.

-personalidad jurídica

Dotación de personalidad jurídica de las agrupaciones como elemento canalizador de la desconstrucción (proceso por el cual el partido deja de funcionar de arriba abajo, pasando a funcionar de abajo a arriba).

Las agrupaciones no han nacido espontáneamente y se han incorporado a la matriz, sino son producto de su creación y por tanto no requieren validación, sino adhesión. Esta génesis conlleva un modo de funcionamiento (de arriba a abajo) que choca con el regeneracionismo ( ver garicano 5 parte). El militante se afilia por ideología, pero luego le choca la incoherencia orgánica con relación al discurso ideológico y político.

Estructura orgánica: agrupación: funcionamiento

-disponibilidad de fondos

eliminación de la potestad del CG a propuesta de la secretaría de finanzas de tomar la dotación presupuestaria de la agrupación por las razones que fuere. Será la voluntad de los afiliados de la agrupación, la que ejerza dicha potestad para su cuota asignada.

-funcionamiento en trance electoral

eliminación de la suspensión temporal de las facultades de la junta directiva de la agrupación por el comité electoral en período electoral. Será la junta directiva o el comité que está nombre, quien realice dichas funciones en su demarcación territorial. Se trata de eliminar el funcionamiento de arriba abajo del partido en período electoral. Art.5.2.

Cuando la operatividad política lo aconseje los citados comités podrán actuar como órganos

territoriales de ámbito superior, pudiendo en tales casos, y exclusivamente durante el periodo

encomendado, dejar en suspenso a los órganos territoriales inferiores, sin que ello implique la

derogación de cargo alguno en las estructuras inferiores. Cuando los Comités deban actuar como órgano territorial de ámbito superior, su creación, que podrá ser previa al acuerdo de participación electoral, deberá ser aprobada por el Consejo General a propuesta del Comité






2-legislativo o representación

1-El CG tendrá una mesa técnico-organizativa de congresos u órgano compuesto por miembros escogidos al azar (insaculación), para dicho órgano, que tendrá por función organizar el congreso nacional, que tendrá una fecha fija. Tiene por objeto conformar una mesa, que sea neutra e independiente de las tendencias o grupos que se presenten.

Dichos miembros o la mitad de los mismos, habrán de tener experiencia en organización de eventos

2- dicho congreso nacional, tendrá una fecha fija para su celebración, que solo podrá ser retrasada por coincidir con la campaña electoral.

3-reglamentos precongresual y congresual habrán de estar prefijados de antemano a la celebración del congreso nacional, con una antelación mínima de 3 meses.

4-distribución de competencias de materias entre asamblea nacional y congreso nacional.

La asamblea nacional como instrumento soberano de la democracia directa y el congreso nacional como instrumento de la democracia indirecta o representativa

El congreso nacional estará compuesto por los compromisarios elegidos a tal efecto y con mandato especifico de representación sobre materias concretas a definir en dicho congreso como estatutos, derecho estatutario de desarrollo y reglamentos, ideología, políticas……

El congreso nacional versará por tanto sobre materias que al requerir un conocimiento específico para proponer y juzgar como compromisario-ponente hace que su composición se determine por la voluntad de conocer; de modo que para ejercer el sufragio pasivo como compromisario ponente, reúna los atributos señalados y es por tanto exclusivo.

No habrá compromisarios o miembros natos procedente de anteriores congresos, solo no natos. (Art.3.4.8. tendrá que suprimirse).

En tanto la asamblea nacional será la suma de agrupaciones locales que se reunirán simultáneamente para tratar los temas que elijan y elegir a los cargos orgánicos del partido de ámbito nacional. A igual acontecerá con los cargos orgánicos territoriales intermedios entre nacionales y locales, que se elegirán simultáneamente en el tiempo. Con ello se pretende que el partido funcione de abajo a arriba. Su funcionamiento es presencial.

En la asamblea nacional será la voluntad de decidir, la determinante al versar sobre materias electivas que permite el sufragio pasivo general e inclusivo.

Será el instrumento para la realización de consultas vinculantes para concreciones o definiciones políticas. Un instrumento para conducir referéndums entre afiliados sobre temas políticos concretos. Se trata de potenciar la democracia participativa frente a la democracia participada vigente.

4-Órganos de control y supervisión

5- órgano de intervención, que vele por el cumplimiento de la legalidad estatutaria y general en los procesos internos del partido. Requiere elección separada del CG y en el tiempo también. Podría estar adscrito a la CdG, siempre y cuando se suprima el art.3.15.4.

La Comisión de Garantías solo podrá actuar a partir del requerimiento de cualquier afiliado.

Velaría también por el cumplimiento de los usos y costumbres e principios del partido en sus procesos internos.

6-organo de auditor de cuentas dependiente del CG: Transparencia

Podrá conformarse como un órgano mixto en cuanto a su composición formado por militantes economistas-auditores y profesionales del ramo con experiencia en asociaciones y contabilidad de las mismas. Art.3.11.5.c.

Esta comisión tendrá responsabilidad subsidiaria.

La Comisión de Control Económico y Transparencia se encargará de supervisar la contabilidad y administración de los medios del Partido y controlar que su uso se adecue a las resoluciones de los órganos directivos. Estará formada por cinco miembros elegidos por mayoría absoluta del Consejo General, entre consejeros y otros afiliados. La Comisión emitirá anualmente un informe al cierre de los presupuestos. También podrá emitir informes y dictámenes sobre aspectos concretos de las cuentas del Partido en su conjunto o de las de algún órgano concreto, a petición del Comité Ejecutivo, su Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas, así como del Consejo General o de su Mesa.


¿Interno o externo? Los órganos de control y supervisión

-el partido no puede ser endogámico, tiene que estar abierto al exterior al menos en lo relativo a los órganos de control y supervisión democrática como intervención, auditoría de cuentas, comisión de garantías,

Y otros como archivo documental, gestión de censo, gestión de sedes


-judicial

1.1 composición

El CdG u órgano jurisdiccional interno no puede ser un órgano interno del partido, tiene que ser al menos mixto, compuesto por expertos, ya sean magistrados, letrados y otros doctos en la materia de nuestro derecho estatutario, que sean militantes, simpatizantes o no lo sean. Hay que evitar endogamia. Esto sería aplicable a otros órganos de control y supervisión como intervención y auditoría de cuentas

1.2 elección art. 3.15.2.

Dichos miembros serán elegidos en un proceso electoral independiente y separado en el tiempo de otros procesos electorales orgánicos.

Para ser elector de dicho proceso electoral, se requerirá la aprobación de un examen de derecho estatutario como requisito para ser elector, sino es licenciado en derecho.

Por tanto se suprime el art.3.4.10.d. en su párrafo

10. Son facultades de la Asamblea General:

d) Elegir a los miembros del Comité Ejecutivo, al resto de vocales del Consejo General que le corresponda y a los integrantes de la Comisión de Garantías, de acuerdo con el procedimiento recogido en el capítulo cuarto de los presentes Estatutos.

Los elegibles tendrán como requisito ineludible, la aportación de un programa de interpretación y aplicación de derecho estatutario.

Se suprime en el sentido de AG como CN, no como AG en modo democracia directa.

-La destitución y separación de los cargos judiciales o de la CdG, solo podrá ser realizada por la justicia, que será la competente para medir y valorar la mala fe o parcialidad. La incompetencia no puede ser sobrevenida y el método de elección lo impide. Normas y cargos no pueden ser revocados, sino hasta su término, para el que fueron elegidos; de lo contrario vulneramos la seguridad jurídica, el control de legalidad que queda a merced de un proceso electoral permanente que bloquea los órganos haciéndolos ineficaces, inoperativos. Si no la democracia directa se muta en anarquía.

art.4.6.6.

Los miembros de la Comisión de Garantías podrán ser destituidos por el Consejo General por motivos de incompetencia, mala fe o incumplimiento de su deber de imparcialidad. Su cese requerirá un informe razonado que deberá ser aprobado por mayoría absoluta de los integrantes del Consejo. Para iniciar el procedimiento se requiere el apoyo expreso de un tercio de los integrantes de este órgano.


1.3 procedimiento

Separación del órgano (unipersonal o colegiado) de instrucción con relación al de calificación.

El órgano de calificación se compondrá de dos secciones:

-un órgano compuesto aleatoriamente al azar, escogido para cada caso, por militantes de base, que se pronunciara sobre el litigio mediante, una valoración social del hecho o suceso de la controversia. Sería una especie de jurado popular, en este caso de militantes de base.

-un órgano permanente y elegido conforme al procedimiento indicado anteriormente, que se pronuncia confeccionando una calificación jurídica de la valoración social practicada y expuesta anteriormente.

-implantación de árbitro-componedor para resolución oral de conflictos entre afiliados y de cualquier tipo como instancia previa a recurrir ante la CdG. Sería una especie de juez de paz.

-supresión de la disposición adicional segunda

Disposiciones adicionales

Segunda: Reforma e interpretación de los Estatutos2. Los artículos de los presentes Estatutos en los que esta posibilidad se contempla expresamente podrán ser modificados por el órgano competente sin recurrir al procedimiento indicado en el párrafo anterior. Cualquier resolución que se adopte en este sentido ha de ser comunicada por escrito a las agrupaciones de C's y publicada en el sitio de internet del Partido en un plazo máximo de una semana desde su adopción


3-Ejecutivo y 5-consultivos

El CG es el máximo órgano de gobierno en cuanto a diseño de políticas, ideologías, programas pero sin función ejecutiva al delegarla está en el C.E.

-1 incompatibilidad ente cargos orgánicos y electos

2-orgános consultivos

2.1. grupos de trabajo adscritos a la estructura orgánica, como órganos consultivos y emisores de contenidos. ART.3.11.5.

Organización interna del Consejo General

a) El Consejo General puede establecer las comisiones y grupos de trabajo internos que considere necesarios para su buen funcionamiento. En cualquier caso, deberán crearse como mínimo las comisiones que se indican a continuación.


Estarán seccionados por materias y nunca por ámbito territorial. Luego la materia se podrá dimensionar territorialmente. Ejemplo: tributos se seccionara en locales, autonómicos y estatales.

Solo cabrían grupos de trabajo territoriales por distrito municipal y todo ello, con el objetivo de evitar duplicidades en los grupos de trabajo.

2.2. los cargos electos sean parlamentarios o ejecutivos no podrán nutrirse de asesoramiento externo. Esta facultad será monopolizada por los grupos de trabajo que serán los que decidan sobre la idoneidad de contratar servicios externos. En definitiva es el partido, su estructura orgánica la que tiene la potestad de contratar conforme a mérito y capacidad en libre concurrencia y plena transparencia. Cuando por su actividad los cargos electos requieran de informes y otros tipos de documentación especializada lo encargarán a los grupos de trabajo que cuando no puedan abastecer dicha demanda acudirán al servicio externo (staff o mercado); pero serán ellos, quienes lo determinen y contraten con arreglo a criterios técnicos o profesionales. Con ello se pretenden que los cargos electos no puedan patrimonializar su gestión contratando y generando red clientelar.

Los cargos electos y orgánicos serán competentes para adquirir servicios de ejecución en sus tareas o sea podrán delegar en las actividades que le son propias de ejecución, siempre y cuando sean militantes ya afiliados o simpatizantes. Ejemplo de delegación sería la del concejal en el responsable político o vocal vecino en la junta de distrito.

3-cargos consultivos:

3ª- clases

-cargos de confianza: los que cobran del grupo político correspondiente, que serán militantes del partido

-cargos técnicos: los que cobran directamente de la Administración pública correspondiente, que habrán de ser funcionarios de carrera, cuando el puesto no sea amortizado (tendencia a seguir), teniendo prioridad los militantes a la hora de su elección.

3b-selección

Tantos unos como otros serán escogidos por mérito y capacidad en régimen de libre concurrencia y plena transparencia, por un comité conformado según el ámbito territorial de actuación que se trate. Así los cargos de ámbito municipal serán seleccionados por órganos orgánicos locales o municipales, los cargos autonómicos por los correspondientes de ámbito regional y así sucesivamente.

3c- argumentación: disposición transitoria

Mientras persista el régimen electoral existente de listas cerradas y bloqueadas, el votante en los comicios vota siglas y no candidatos o listas de candidatos a nivel individual,- excepto el senado- por lo que es el partido y no el candidato, el legitimado para promover, seleccionar, mantener y cesar a los cargos consultivos, ya sean de confianza o técnicos.

4-Habrá elecciones separadas para el CG y el CE. En ambas se obtendrá por la celebración de asamblea nacional mediante la reunión simultanea de todas las agrupaciones locales que votaran presencialmente o/y electrónicamente al tiempo.* diferenciar voto electrónico de voto telemático.


5-cargos electos

5.1 requisitos: programa

Será requisito fundamental de cualquier candidato, presentar un proyecto político-organizativo del ámbito territorial al que se presente para obtener el place de presentación para primarias. Este será el único aval necesario, para poder presentarse. Se trata de votar ideas, valores y principios y no a personas. Se trata de objetivar el voto, que se haya subjetivado y que conlleva la formación de redes clientelares en el partido.

5.2 requisitos para ser elegible:

Llevar afiliado una legislatura para el ámbito al que se presente o dos años.

Ser elegido por votación, siendo prohibida la cooptación.

Ser afiliado, prohibiéndose a independientes vayan en nuestras listas. Art.5.4.4. y 5.4.6.

No existirá la libre designación por parte de la cúpula. Las listas correrán de número de modo que el suplente no suplirá la vacante. Por otra el suplente tendrá que ser también elegido.

Aplicación del sufragio pasivo

6- cargo gestor de sedes

Cuando por el tamaño de la sede al albergar a un conjunto de agrupaciones con un elevado número de afiliados y con una proyección política y social notable se conformara un órgano unipersonal, colegiado o unipersonal a tiempo compartido para la gestión y administración de la sede.

Dicho órgano será elegido por los afiliados en votación presencial.

Requerirá dedicación exclusiva y será retribuido por ello, conforme a la asignación que determine las propias bases electoras, con los límites estatutarios que se establezcan.

Estará auxiliado por voluntarios y en caso de no haberlos, se podrá imponer la obligación a los militantes de su auxilio una vez al año, al menos una tarde.

Tendrá la función de ser pantalla exterior del partido, para recepción de visitantes, interesados en programas, folletos y otras noticias. Lugar de celebración de conferencias para su proyección no solo política, sino también social y cultural.

Será árbitro moderador de los debates y charlas que se celebren.

Será promotor de dichos debates, conferencias y demás tipo de eventos.

Y tendrá como función madre la de ser garante de la democracia participativa en el ámbito territorial que abarque la sede.

El gestor de sedes dependerá del subcomité local que aglutine las agrupaciones que nutren la sede. Si hubiera más de un subcomité dependerá del comité orgánicamente superior.

La canalización de las demandas sociales sin estructurar o estructuradas vía asociaciones u otras entidades tendrán como albergue y conductor a la sede y su gestor, al objeto de conformar un granero que surta de propuestas las políticas públicas de Cs. Con ello se pretende crear tejido social al objeto de amplificar nuestros caladeros de votos, siempre y cuando haya sintonía y concierto entre movimiento social y partido.

El objeto de es establecer un mecanismo concreto para que cualquier persona o grupo de personas, estando o no en la agrupación, pueda lanzar propuestas y que éstas se concreten en una iniciativa política si son apoyadas por la mayoría. Se trata con ello de crear una correa de transmisión que permita el flujo a través del partido de voluntades políticas concretas. La existencia de un mecanismo de democracia directa como éste, marca la diferencia entre la democracia participada y la democracia participativa. Es una nueva forma de hacer política, que ejecuta la apuesta de que el poder lo tenga la ciudadanía, que somos el partido de la ciudadanía. Porque si tenemos el poder para cambiar cosas, tendremos ganas para hacer cosas.

Art.1.6

C’s fomentará la participación de los ciudadanos en general en la vida política de las instituciones. En este sentido, establecerá medios de comunicación abiertos

permanentemente a fin de trasladarlas necesidades de la ciudadanía a las mismas, bien sea personal o telemáticamente.


7-Gestión del censo

Disponible para cualquier militante que se pueda comunicar de militante base a militante base sin pasar por filtros de cargos orgánicos, de manera que haya comunicación horizontal y se incremente la democracia interna, la transparencia y la participación no jerarquizada. La comunicación horizontal potencia el funcionamiento de abajo a arriba, en tanto la comunicación vertical potencia el funcionamiento de arriba abajo.

Cuando se afilie una persona, habrá de prestar necesariamente su consentimiento para que sus datos personales como teléfono y correo electrónico sean compartidos con todos los compañeros de agrupación, para que sean utilizados exclusivamente para fines relativos al partido y su acción política. Se podrá determinar un correo electrónico personal para uso exclusivo de asuntos y fines del partido art. 3.12.9.d.


8-Archivo documental

Corresponsabilidad de las agrupaciones locales con el CE en el mantenimiento del archivo documental, en la parte que les corresponda. Necesitamos custodia compartida. Se podría añadir la figura del archivero/bibliotecario/documentalista del partido como tercer custodio.

La ocultación, simulación y falseamiento de los datos del partido no solo ha de estar tipificado y ser sancionado estatutariamente, sino que es un ejemplo de aplicación de los principios generales estatutarios (transparencia) en nuestra normativa interna, que permiten crear derecho a la CdG, interpretar y aplicar, tipificándolo y sancionándolo.

Las cuentas del partido son un tipo de datos (cuantitativo), pero existen otros, que de modo genérico llamamos datos, frente al particular: cuentas


9-CE

Art.3.12.9.j. los principios generales que informan nuestra ideología como conjunto de valores, ideas y normas sociales dan respuesta a cualquier contingencia social con reflejo político, de modo que el CE, tiene predeterminada su conducta frente a cualquier acontecer por novísimo que fuere. Ello conlleva que la acción del CE, este tasada y tipificada con arreglo a dichos principios. Dicha tipificación es implícita y deriva del marco ideológico o estructura ideológica.

10-supresión de delegados y subdelegados territoriales orgánicos e institucionales.

-supresión de los cargos de delegados y subdelegados territoriales nombrados por el CE. Se trata de eliminar el funcionamiento de arriba abajo del partido. No necesitamos comisarios políticos de la matriz. El partido somos nosotros y no la cúpula en la periferia. Cualquier cargo habrá de ser elegido democráticamente y no impuesto por la dedocracia o cooptación y todo ello independientemente de su retribución o no. 3.7.3.

11-incompatibilidades

art.3.8.1. ningún militante podrá acumular cargos. De modo que el coordinador de una agrupación que sea elegido coordinador de su subcomité local, será suplido por un suplente y si fuese elegido coordinador del comité electoral sería suplido en el subcomité y así sucesivamente, de modo que nadie ocupe dos cargos orgánicos.

También son incompatibles la acumulación de cargo orgánico y cargo electo. De la clase que sean consultivo, de control y supervisión…etc.

12-foro

creación de foro ciudadano para debatir propuestas de militantes y tras su consenso por votación dar traslado a donde proceda. Podrán ser guiadas por los grupos de trabajo. Su traslado podrá hacerse por vía intranet para su votación.

13-fiscalización o función fiscal de la junta directiva de la agrupación

La junta directiva es un órgano ejecutivo en cuanto ejecuta la voluntad de la asamblea de la agrupación y de la política municipal y otras políticas focalizadas en el ámbito municipal de órganos superiores. Así por ejemplo vela por el cumplimiento del programa marco, la adecuación de su programa municipal al programa marco y fiscaliza la actuación de los cargos electos de manera que sea acorde a dicho programa electoral y al marco ideológico del partido. La fiscalización de los cargos electos municipales no procede del subdelegado territorial (modelo de arriba abajo), ya que desaparecen subdelegados y es la agrupación quien fiscaliza (modelo de abajo a arriba).

Se trata de romper la estructura de bicefalia (órganica/institucional), que impide que los cargos electos, elegidos en primarias por las bases o afiliados, luego no rindan cuentas a los afiliados.

-grupos de trabajo

Todo afiliado estará adscrito a un grupo de trabajo de un elenco de materias (economía, educación, justicia………..) organizados a nivel nacional, desde el cual podrá reportar contenidos que demanden sus electos (grupo municipal, grupos parlamentarios autonómico, nacional, provincial…). Esta adscripción muta al afiliado en militante, por su compromiso y su participación trabajando para el partido; por lo que distinguiría las categorías de simpatizantes, afiliados (pagadores de cuota) y militantes (cuota+ trabajo).



MODOS DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA


10-Modo de Afiliación

1-adscripción del afiliado a la agrupación donde se ubique su residencia. Solo y por causa motivada por razón laboral o vinculación de fuerza mayor motivarían la excepcionalidad.

Por tanto será una adscripción rogada y no una libre elección del afiliado.

2-proceso gradual de adquisición de derechos como afiliado artículo 2.3.3.

-carencia de dos años para adquirir derechos de sufragio pasivo

-carencia de un año para adquirir derechos de sufragio activo

Con ello se pretende de limitar el acceso a trepas y arribistas. Habrá primero que trabajar para el partido (obligación) para así ganar derechos y no regalar derechos.

Régimen disciplinario

Art. 2.6.2.

y que existan indicios racionales suficientes de la participación del afiliado expedientado en los hechos instruidos.

b) El incumplimiento de los acuerdos adoptados por los órganos de dirección del Partido.

Agrupaciones. A mi criterio los acuerdos tienen que ser válidamente adoptados y no discrecionales.

3-categorías

Simpatizantes, afiliados (cuota) y militantes (cuota+ trabajo).

Con la categoría militante se trata de canalizar la competitividad entre compañeros, por otra parte legitima, a un modo beneficioso y creativo para el partido y no destructivo. Ahorraremos broncas orgánicas por discusiones generativas de valor por producción de contenidos para el quehacer político.


11-Modo de votaciones

-será preferiblemente en formato presencial, directa y secreta, en fin de semana (sábado tarde o domingo)

-se conformara mesa electoral que gestionara el proceso electoral compuesta por afiliados de sufragio activo escogidos por sorteo con la inclusión de interventores nombrados por los candidatos (junta electoral)

-formato digital

Autoridad de certificación del censo diferente de la autoridad de recuento de la urna digital.

En la traslación al ciberespacio de los procesos de democracia digital (al igual que en todo el abanico de las CMC) es imprescindible que se mantengan, al menos, las mismas garantías de respeto de los derechos ciudadanos y de seguridad que están presentes en las comunicaciones convencionales.

Para ello es necesario que dichos procesos estén protegidos contra cualquier amenaza de seguridad, bien sea accidental o intencional (ataque)

El servicio de anonimato trata de mantener oculta la identidad de la persona que realiza una determinada operación telemática.

Una dificultad del voto telemático es que tiene que proveer sincronizadamente dos servicios de seguridad que se presentan como antagónicos: Autenticación robusta del votante para averiguar si tiene derecho a votar (o ya lo ha hecho).

Anonimato a la hora de emitir el voto

Otra gran dificultad es que tiene que compaginar que el votante adquiera una prueba de que su voto ha sido tenido en cuenta y que el votante no pueda demostrar ante terceros qué ha votado. Porque votando desde casa o desde cualquier lugar, la coacción, la suplantación de personalidad y la venta de votos son difíciles de evitar.

La Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos,

Artículo 9 bis

Los partidos políticos deberán adoptar en sus normas internas un sistema de prevención de

conductas contrarias al ordenamiento jurídico y de supervisión, a los efectos previstos en el artículo31 bis del Código Penal. INSERTAR MODIFICACIONES BAJO EL PARAGUAS DEL ART

-sistema de votaciones basado en:

- listas abiertas

-un elector, un voto. No existirá voto cualificado, todo se determinará por mayoría. No habrá ninguna corrección de voto por discriminación positiva u otra causa.

-supresión de voto delegado, rogado por correo: solo voto presencial

-no se requerirán ni firmas ni avales como traba para presentación de candidaturas. La selección de candidatos ha de hacerse en el proceso electoral y no antes.

Art.4.5 la inelegibilidad procederá cuando se abra juicio oral al investigado (antes imputado)

-el sufragio pasivo lo será en su verdadera acepción, como derecho a ser elegido. Serán los electores los que promuevan su candidatura y no el candidato, él que se postule. Habrá una elección de precandidaturas, en la que la base electoral promueva candidatos entre el censo existente. Una vez escogidos estos, si así lo deciden se presentarán como candidatos con su correspondiente proyecto político-organizativo. Las bases en votación secreta presencial eligen a su libre albedrío los precandidatos. Una vez elegidos los precandidatos deciden o no convertirse en candidatos acompañados del proyecto político-organizativo del ámbito territorial que se postulen. Estos proyectos enmarcados en las candidaturas son ulteriormente seleccionados en votación secreta y presencial por el cuerpo electoral.

-todo voto será secreto.

- circunscripción demográfica y no territorial

Razonada en base a la titularidad de derechos y obligaciones con el objeto de incrementar la proporcionalidad, disminuyendo la magnitud (nº de escaños). El respetable no entendería más políticos en las Cortes.

Art.1.3.2.

En su acción política, C's parte de la doble premisa de que España es una nación de ciudadanos libres e iguales, organizados en un Estado social y de derecho y que solo tales ciudadanos, y no los territorios en los que viven, pueden ser sujetos de derechos y deberes.


El electorado no entendería un aumento de señorías y de políticos en general y con razón.


-combinar sistema de votaciones voluntario con el de sorteo (involuntario), cuya aleatoriedad impide o dificultad maquinaciones para adulterar el voto (democracia griega), de ahí su sentido y oportunidad de emplearlo.






12-Modo de financiación

4.1. Tantos cargos electos como consultivos abonaran como mínimo, un 1/3 de su retribución a las arcas del partido, en concepto de promoción y nombramiento por dichos cargos, al objeto de financiar la estructura político administrativa, que le selecciona y alza su consecución. Por otra la elevación de las aportaciones tiene como segundo fin el desalentar a trepas y potenciar la vocación de servicio público.

Por otro dicho abono, no es ni más ni menos que el pago de la inversión realizada por el partido para seleccionar y promover dichos cargos electos

4.2. Prohibición de endeudamiento bancario. Solo financiación de aportaciones de militantes y públicas mientras exista art.6.2.c. Si admitir endeudamiento no bancario ejemplo: crownfunding. No es suficiente la prohibición de condonación de deudas o la inadmisibilidad de créditos o prestamos preferenciales. Las asociaciones se deben financiar con las aportaciones de sus socios.

4.3. Fijación de una cuota extraordinaria para elecciones generales, autonómicas y locales de cuantía análoga a la ordinaria a la militancia.

4.3. Incumplimiento como causa de disolución del partido.

La Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos

Políticos, ha modificado la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos

Políticos, la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la Ley Orgánica 2/1982, de 12

De mayo, del Tribunal de Cuentas.

Artículo 13.3 Financiación

Todos los partidos inscritos en el Registro de Partidos Políticos habrán de remitir las cuentas anuales

Consolidadas debidamente formalizadas al Tribunal de Cuentas en el plazo establecido en la Ley

Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos. (Artº. 14.6 LO 8/2007:” todos

Los partidos políticos habrán de remitir las cuentas anuales.......antes del 30 de junio del año siguiente al

Que aquellas se refieran”).

(Nota: Nueva Disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos

Políticos, redacción dada por la LO 3/2015:

Las fundaciones y entidades que estén vinculadas a partidos políticos o que sean dependientes de

Ellos de conformidad con los criterios previstos en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos deberán inscribirse en el Registro de Partidos Políticos a

Iniciativa conjunta de los representantes de los partidos y de sus propios representantes. En el acto de

Inscripción se comunicará el nombre de la fundación y entidad y el registro en el que, por razón de

La materia, ya se encuentren inscritas. (B) 3. La inscripción en el Registro de Partidos se realizará con independencia de su inscripción en el Registro de fundaciones o entidades correspondiente por razón de la materia o por su ámbito territorial.)


4.4. Supresión de que Finanzas pueda disponer transitoriamente la cuota de asignación financiera de las agrupaciones (30%) art.3.6.4.

No obstante lo anterior, el importe correspondiente de cada Agrupación procedente de las cuotas de los afiliados, podrá ser gestionado directamente por la Secretaría de Finanzas del Partido, por motivo de elecciones u otro motivo justificado, previa aprobación expresa del Consejo General.


4.5. Se tipificará con la expulsión a los responsables de la financiación irregular del partido. Se desarrollara el funcionamiento de la Comisión de Control Económico, que será la encargada de realizar dicho control interno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.11.5.c. por lo que tendrá responsabilidad subsidiaria.

4.6. Las fundaciones y otras entidades pertenecientes al partido estará sometida a las mismas normas sobre financiación y su control que el partido.



Francisco Anaya Berrocal, en Málaga a 18 de diciembre de 2021.































CLAVES PARA ENTENDER LOS NEGOCIOS. En el mundo postindustrial o de la TI.

 



CLAVES PARA ENTENDER LOS NEGOCIOS.

En el mundo postindustrial o de la TI.


1-erosión de las economías de escala

la construcción de bienes de capital que maximicen la productividad en base a economías de escala se ha vuelto anti rentable por la irrupción de tecnologías disruptivas que hacen desaparecer industrias.

La construcción de maquinarias, instalaciones y bienes de equipo en general centrados en obtener los mejores rendimientos a base de economías de escala, a tiradas de producción enormes que reducían el coste por unidad producida y que conllevaba unas amortizaciones mas costosas y largas por el mayor coste de adquisición y que sobre todo limitaba la capacidad de reacción a los cambios por el volumen de capital comprometido dan paso a un sistema de construcción de maquinarias orientada al menor coste de construcción posible que permita amortizaciones mas pequeñas y aceleradas que posibiliten el cambio ante cualquier evento tecnológico disruptivo que pueda poner en peligro la sobre vivencia de la empresa o sector.

Por otra parte no solo es obsolescencia tecnológica, sino también obsolescencia comercial por la segmentación del mercado que requiere de tiradas de producción especificas y no de masa.

Este enfoque disminuye el volumen de capital, así como las barreras de entrada en una industria tendiéndose a inmovilizados tangibles menores

2-negocios escalables

cuando escribes un libro los costos de edición, impresión y distribución son prácticamente los mismos para mil que diez mil, otro tanto ocurre con el diseño y propagación de programas de software o de aplicaciones para móviles…..una vez cubierto los costes iniciales o umbral necesario cada unidad vendida es todo beneficio.

3-supremacía del valor conocimiento sobre el valor dinero.

aparición de negocios cuyo objetivo no es maximizar beneficios o aumentar cuota de mercado, sino maximizar información; así solo monetizan productos o servicios que no impiden adquirir información de los clientes y del mercado en general. Google es el abanderado de este nuevo tipo de empresas. Los beneficios (dinero) son un medio para obtener conocimiento, no los conocimientos un medio para obtener dinero.

4-interoperabilidad

aparición de entornos con diferentes ecosistemas tecnológicos, monetarios y económicos que requieren de puentes o intercomunicadores que habiliten el traslado de unos a otros.

5-creación de valor económico colectivo: capital comunal

se están creando y desarrollando productos y servicios en la red por la Comunidad, vía: “código abierto” donde se participa y se crea valor para el proyecto sin fin lucrativo, sino para enriquecer ese ecosistema que es propiedad comunal y no privada; es el empoderamiento colectivo.

6-dominación por dependencia

generación de clientes cautivos o dependientes por efecto red o dependencia, una vez que entras en un ecosistema de uso y consumo , los costos de cambiar sobre todo de información y formación lo hacen inviables. Ejemplo: cirujano ortopédico que está entrenado con una marca tras años de trabajo y con la que ha adquirido destrezas y habilidades que no le valen con otra firma ortopédica.

Los que mandaban no se hallan cómodos con esta disrupción que requiere de otras reglas de hacer social para la que no están entrenados y aprecian como le mueven las poltronas los nuevos tiempos sin poder de retención y sujeción; los que siguen mandando manifiestan su invisibilidad porque su poder no radica en el sometimiento sino en la dependencia y por lo tanto no requiere su imagen

7-consumo basado en formación e información y no de dinero.

Es la segunda derivada de la supremacía del conocimiento sobre el dinero.

consumes, usas y utilizas si posees capacidad técnica y formativa y no solo por capacidad económica. La tenencia del dinero digital se basa en conocimiento y no en herencia o posesión.

8-brecha digital

Esto no solo es aplicable a los mercados de consumo, sino también a los de trabajo.

Las personas que no tengan capacidad creativa de generar valor serán desterradas para siempre del mercado laboral.

El grueso del emprendimiento se realiza en el interior de las compañías por sus empleados y no por autónomos o empresarios. Otra parte del emprendimiento lo genera la comunidad o red y no es susceptible de apropiación privada porque el valor que genera la red es superior y mas veloz.

9- desheredados

el declive del estado del bienestar- por la quiebra fiscal del estado y la seguridad social e las migraciones del tercer mundo -no podrá sostener y mantener a los expulsados de los mercados de trabajo y se romperá la paz social con un incremento de la violencia que dividirá la sociedad y en ese escenario se moverán los negocios.

10- erosión y fragmentación del Estado

En este proceso los creadores de riqueza migrarán de las jurisdicciones estatales hacia el ciberespacio, donde su producción y consumo son invisibles para el Estado y por tanto no serán confiscados, auto alimentando el proceso de quiebra de los Estados cuyo monopolio de la violencia será erosionado por el desarme cultural que posibilita formas de violencia privada o mafias agudizando la violencia de donde brotará la edad Neomedia.

11-supremacía de lo intangible

en los balances de las cías que prosperan, el inmovilizado inmaterial supera con creces al inmovilizado material.

La economía de servicios supera a la economía de bienes y todo ello se traduce en un dinero que refleje dicho tipo de economía o sea un dinero intangible: criptomonedas.

12-desintermediación

el avance de la tecnología blockchain (cadena de bloques) expande la autosuficiencia del individuo.

Expandiéndose la emisión de deuda, obligaciones, valores en mercados abiertos no solo por pequeñas y micro empresas sino por individuos, por entidades autónomas (DAO).

13- separación del dinero y el estado.

el mundo industrial agoniza y con él sus instituciones como sindicatos, partidos políticos, Haciendas Públicas, sistema electoral…...todas ellas serán inoperativas en el nuevo mundo.

Los bancos centrales y sus gobiernos serán expropiados en el control del dinero por los mercados.

14- coexistencia evolutiva y fractura social

No obstante del mismo modo que en 1900 convivían en el planeta sociedades neolíticas en Nueva Guinea-Papua o en la Amazonia con sociedades de la II revolución industrial como las de Alemania o Norteamérica, ahora convivirán grupos humanos sobre un mismo territorio (ciudad, nación…) en diferentes grados evolutivos de desarrollo tecnológico (nómadas digitales/paleolíticos digitales).

Esto origina una fractura entre los que evolucionan al compás del avance tecnocientífico y los que se quedan atrasados y por tanto inadaptados y por consiguiente marginados en el consumo, en el trabajo, en la participación social.…

15- descentralización

Los centros de control y mando unificados ya sean en defensa, sanidad….. ceden paso a los descentralizados para aminorar vulnerabilidades de ataque y la población ignora la guerra invisible (bombas lógicas) que si padece y sufre y a la que se añade la intoxicación informativa. Las consecuencias son la contaminación cultural , que nos desarma como nación para defendernos y por tanto nos condenamos a morir como nación (occidente)

La perdida del monopolio de la violencia del Estado o la perdida del monopolio de la creación del dinero por parte de los bancos centrales o gobiernos son expresiones de la gran descentralización que preconiza la tecnología blockchain.

La disminución de los desplazamientos y de los viajes junto a la huida de las grandes urbes para emigrar a áreas de mayor calidad de vida son expresiones del trabajo en remoto, de la oficina móvil que desplaza a la gran fabrica de la era industrial.




Francisco Anaya Berrocal en Málaga a 18 de diciembre de 2021.













martes, 7 de diciembre de 2021

En las entrañas de la Mentira.

 

En las entrañas de la Mentira.


Hablando de la riqueza quien dice: ¿lo que se produce? ¿Cómo se produce? ¿en que cantidades?¿para quiénes se produce? La respuesta es obvia.

La riqueza no preexiste, hay que producirla, hay que crearla y por consiguiente generar las condiciones necesarias para su logro.

Planificar el proceso de creación de riqueza y su distribución mediante el intervencionismo estatal es inviable tal como acredita la fuerza de los hechos históricos con el fracaso del comunismo (1917-1989). Pero es que además de no ser posible, produce el efecto contrario: pobreza, al desmotivar a los emprendedores de la sociedad.

Los intervencionistas o socialistas aluden a que el Mercado tiene fallos como externalidades, asimetrías,… y que por tanto se necesita la intervención estatal para su corrección. Pero acontece que los bienes y servicios que producimos y sus cantidades, así como el modo en que lo producimos lo determina el coste de oportunidad, lo establece el cálculo económico (Von Mises) mediante un hilo que lo une todo, que lo coordina todo y que se llama: precios.

Los precios para determinarlos tenemos que ir al Mercado para averiguarlos mediante la confrontación de la oferta y la demanda (Hayek). El planificador o legislador socialista no tiene información ni conocimiento para obtener los precios, si no hay mercado; son los empresarios con sus destrezas y habilidades los que averiguan (Huerta de Soto) las oportunidades que brinda el mercado para proporcionar bienes y servicios con los que cubrir necesidades no satisfechas y con ello crean riqueza al mejorar nuestras condiciones de vida.

Los socialistas al pretender el perseguir la igualdad en la distribución de los bienes, al pretender repartir la riqueza que otros han creado, generan:

-una estructura social por la que unos grupos viven a costa de otros (clases parasitarias/clases productoras)

-unos elevados costes burocráticos y tributarios para financiar el elevado tamaño del Estado.

-un entramado cultural que crea la percepción social de que muchos tienen muy poco porque otros tienen mucho culpabilizando al empresario de su condición. Esta visión de las cosas hace que se justifique y legitime el reparto de la riqueza que otros han creado.

Los intermediarios de ese reparto (políticos y burócratas) como son los que parten y reparten se llevan la mejor parte, de manera que los que no tenían siguen igual, así como siguen igual de propensos para escuchar a nuevos narradores de lo que está mal y como solucionarlo, cuando la única salvación es la formación y la información, que es la que permite la superación personal y colectiva y la consiguiente prosperidad.

Una sociedad que no sabe averiguar las mentiras por la que transcurre su existir es una sociedad presa, cautiva y rehén de su ignorancia. Solo la verdad nos hará libres, pero recordar que la verdad no se vota, se adquiere con formación e información.





Francisco Anaya Berrocal en Málaga a 7 de diciembre de 2021.